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Servicio Legal de Recobro y Concurso,S.L.

 

Servicios principales de los Concursos de Acreedores:

  • Boletin de alertas de empresas y personas fisicas que entran en Concurso de Acreedores (diario o semanal).
  • Boletin de alertas de empresas y personas fisicas que publican edictos de otras fases de los Concursos de Acreedores (diario).
  • Asesoramiento recuperación IVA en procesos concursales.
  • Comunicaciones a la administración concursal (obligatoriedad de cualquier deuda).

 

Contacte con nosotros a través de teléfono o email

902 109 863 / 952 03 83 36

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Empresa en Concurso de Acreedores : ¿Que hacer si eres una empresa afectada?

Te indicamos que hacer y como actuar cuando eres un proveedor afectado en un Concurso de Acreedores de España.

1.- Realizar la Comunicación de la deuda a la Administración Concursal.

Se tiene que realizar la comunicación de la deuda en los plazos marcados en el BOE.

En el caso de hacerlo fuera de plazo y según la Ley Concursal, consecuencias:

  1. La deuda puede verse afectada y llevar un deterioro de la calificación de su crédito en el Concurso de Acreedores y considerarse como crédito subordinado, es decir el último tipo de crédito en cobrar.
  2. La no aceptación de la factura rectificativa por no estar la deuda correctamente reconocida, lo que lleva a perder el IVA y no tener posibilidad de recuperarlo vía Hacienda en otro periodo o tramite.

2.- Realizar la Recuperación del IVA impagado a través de la factura rectificativa de IVA por inicio del Concurso de Acreedores.

Se inicia el derecho a recuperar el IVA a través de la factura rectificativa cuando se publica el Concurso de Acreedores en el BOE ( Boletín Oficial del Estado ).

Se recomienda incluir en el escrito dirigido a la administración concursal la factura rectificativa de IVA.

La Agencia Tributaría exige la comunicación fehaciente a la administración concursal y en el reporte final que hay que realizar a la Hacienda se tiene que incluir el acuse de recibo de dicha comunicación.

Respecto a los plazos se tiene que tener en cuenta la necesidad de que la factura rectificativa de IVA tiene que estar incluida en la deuda concursal por lo que es necesaria la comunicación en tiempo y forma para tener el derecho a la recuperación del IVA vía Hacienda.

En el caso que la factura rectificativa no se realizará en el plazo de la Ley de IVA o no se hubiera comunicado en los plazos marcados por la ley Concursal o Ley Tributaría, se perdería el derecho a recuperar el IVA.

Consejo:

Por 20 euros al mes recibiría semanalmente el listado de las empresas que entran en Concurso de Acreedores a través de E-Concursal y de esta forma:

- Comunicará a la Administración Concursal en tiempo y forma.
- Recupera el IVA impago.
- Deducción del impago en el Impuesto de Sociedades.

En E-Concursal también disponemos del Boletín de Alertas Premium de Concursos de Acreedores, el cual le informa cada DIA de todas las publicaciones de los Concursos de Acreedores.

La información concursal está clasificada por tipos de anuncios, les indicamos algunos y le hacemos referencia que tenemos los formatos validos para integrar la información en su programa informático directamente:

  • Inicio del Concurso de Acreedores.
  • Homologación Judicial de Acuerdos de Refinanciación.
  • Informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
  • Señalamiento de Junta de Acreedores.
  • Fase de Convenio.
  • Plan de Liquidación.
  • Apertura de fase de liquidación.
  • Terminación del Concurso de Acreedores.

Para más información de los distintos Boletines de Alertas o asesoramiento en los procesos concursales puede contactar sin compromiso con E-Concursal 902 10 98 63 o al email clientes@e-concursal.es

¿Quieres tener las últimas empresas en Concurso de Acreedores en tu web? Gratuitamente PUEDES PONER EN TU WEB Y SE ACTUALIZA SOLO Copiar el Código
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