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Suspensión de pagos y quiebras
 
Hoy han anunciado concursos de acreedores 26 empresas
 
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  El 60% de las empresas se han visto afectadas alguna vez por un concurso de acreedores (antes llamado suspensión de pagos).
  Recibiendo cada semana las alertas de e-concursal consigue:
  Evitar la pérdida de la deuda con su cliente.
  Estar siempre informado sobre las incidencias de su sector, conociendo si proveedores y clientes han presentado suspensión de pagos.
  Evitar la pérdida de la cobertura de la póliza de crédito.
  Poder dotar la provisión por impagados de la deuda correspondiente.
  Evitar la pérdida del I.V.A. correspondiente a la deuda.
 
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De conformidad con los artículos 21 y 23 de la nueva ley concursal, (antigua ley de quiebra y suspensión de pagos), todos los acreedores deben comunicar la existencia de sus créditos a la Administración Consursal en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación en el BOE.

La comunicación tardía del crédito, según su artículo 92, puede representar la exclusión del crédito, disminuyendo ostensiblemente las posibilidades de recuperación. Además de otras importantes consecuencias económicas y fiscales.

SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL ACREEDOR
E-concursal le ofrece tres tipos de servicios profesionales
especializados, según sea su situación:

 Boletín de alertas:
Semanalmente le enviamos las empresas que han presentado concurso, para que esté puntualmente informado si un cliente o proveedor suyo ha presentado concurso, de forma gratuita.
 
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Defensa de sus intereses a lo largo del concurso:
Tras su autorización mediante poder notarial, los especialistas de e-concursal, representarán sus intereses durante todo el concurso, esto incluye:

1. Presentación de su crédito a la Administración Concursal
2. Presentación de toda la documentación necesaria a la Administración Concursal
3. Personación en el concurso en su nombre mediante abogado y procurador.
4. Seguimiento de todas las comunicaciones del concurso
5. Interponer recursos o impugnar actos en defensa del crédito
6. Asesoramiento previo al convenio
7. Integración en la comisión de seguimiento del convenio
8. Denuncia del incumplimiento del convenio
9. Asistencia a la Junta de acreedores
10. Seguimiento de la liquidación, subasta y venta de bienes
11. Control de pagos
12. Control del informe trimestral de liquidación

De esta forma, obtendrá una defensa integral de su crédito y sus intereses durante todo el concurso, llevaba a cabo por especialistas del derecho concursal, desde 295€ más un 10% del importe recobrado.
 
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"" Recuperación del IVA de las facturas impagadas en los concursos de acreedores:
La Administración Pública da unos plazos muy estrictos para recuperar el iva de las facturas impagadas en los concursos de acreedores. Desde E-Concursal te indicamos cómo recuperar a tiempo el iva que no ha cobrado, pues una vez pasado este plazo y si no se aporta la documentación adecuada, no se puede recuperar el IVA de la empresa en situación de concurso de acreedores.
 
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